La 65 Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobó una reforma en la que se incluye la violencia de pareja como delito en la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género y en el Código Penal del Estado.
En esta reforma se establece que la violencia de pareja es aquella que es ejercida por la persona agresora que tenga o haya tenido relación de matrimonio, concubinato, noviazgo, o mantengan o hayan mantenido una relación de hecho, de convivencia, o relación análoga.
Así como aquella ejercida por la persona agresora que tenga o haya tenido relación de noviazgo o análoga, y la violencia contra niñas, adolescentes y mujeres, cuya persona agresora tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad, afinidad y civil.
El dictamen aprobado por los legisladores locales argumentó que la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las relaciones en el Hogar (ENDIREH) desde el 2003 a la fecha, señala que en relación a la mayor prevalencia de violencia contra las mujeres de 15 años y más a lo largo de la vida, determina que la violencia de pareja, a lo largo de la vida, está en segundo lugar de los ámbitos o contextos de la violencia y en los últimos 12 meses en tercer lugar a diferencia del familiar.
En primer lugar, precisa, en los ámbitos comunitarios con 45.6 por ciento; en segundo el de pareja actual o última relación con 39.9%; seguidos del escolar 32.3% y laboral con 27.9%.
Mientras que la prevalencia de violencia contra las mujeres de 15 años y en los últimos 12 meses, está en primer lugar el comunitario con 22.4%; seguido del laboral con 20.8%; el de pareja con 20,7%; el escolar con 20.2 % y finalmente el familiar con 11.4%.
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