Exigen a Ayuntamiento de Oaxaca indemnizar a familia de joven que murió tras caer en zanja

La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) solicitó al ayuntamiento de Oaxaca de Juárez reparar el daño a la familia de un joven que falleció al caer en una zanja de una obra de drenaje, que realizaba la autoridad municipal.

El organismo explicó que en octubre 2020, el agente Municipal de Cinco Señores, informó que en el mes de noviembre de ese año, iniciarían las obras de mejoramiento de la red de drenaje en la calle 21 de Marzo, en donde él tiene su domicilio; que la obra estaría a cargo del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez y que sería ejecutada por la constructora “Servicios Especializados Túnez S.A. de C.V.”.

Pero desde el inicio de la ejecución de los trabajos, tanto el ayuntamiento capitalino como la constructora no colocaron señalamientos adecuados y alumbrado público.

El 8 de diciembre de 2020, aproximadamente las 5:45 horas, mediante una llamada telefónica el joven pidió ayuda a su padre para que saliera por él a la calle, pero al hacerlo no lo vio hasta que éste levantó las manos porque estaba dentro de una zanja de la obra, la cual no estaba la tarde anterior. Su padre corrió para auxiliarlo y sacarlo, y pese a que recibió ayuda de su otro hijo, el dolor que presentaba no les permitió moverlo más.

Por ello, los familiares del joven pidieron el apoyo por medio del número de emergencia 911. Al lugar arribó una ambulancia del municipio de Santa Lucía del Camino; los paramédicos revisaron al joven y lo trasladaron al Hospital General de Zona número 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en donde permaneció 10 días durante los cuales le practicaron cuatro cirugías y otros procedimientos como hemodiálisis, hasta que finalmente, el 18 de diciembre de 2020, se informó que el joven falleció.

La DDHPO solicitó a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado que en coordinación con el Ayuntamiento Oaxaca de Juárez, Oaxaca, genere las acciones que correspondan para que el padre del joven y demás víctimas indirectas, tengan acceso a una reparación integral del daño y se le brinden las medidas de “restitución, rehabilitación, compensación y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica en términos de la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas del Estado de Oaxaca”.

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